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¿Cómo se realiza el trámite de acreditación de domicilio en el SII?

El trámite de acreditación de domicilio ante el SII, es un trámite obligatorio que deben realizar todos los contribuyentes que inicien actividades en 1ra categoría, para esto se deben presentar algunos antecedentes solicitados para tal efecto, estos dependerán del tipo de contribuyente que realiza el trámite. Este trámite deberá efectuarse por internet, en el menú Peticiones Administrativas y otras Solicitudes, eligiendo la opción Verificación de Actividad, según las instrucciones detalladas en la Circular N° 31, de 2007, estas son:

a) Contribuyentes afectos al Impuesto de 2da categoría que emitan boletas de honorarios, personas naturales que se dediquen al transporte de pasajeros y los Organismos del Estado: Sólo deberán acreditar el domicilio las sociedades de profesionales que realicen únicamente servicios y/o asesorías profesionales y que declaren sus ingresos según la normativa vigente para los contribuyentes de 1ra categoría. Los demás contribuyentes de 2da categoría no estarán obligados a acreditar su domicilio.

b) Los contribuyentes afectos al Impuesto de 1ra categoría, tales como, comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y, en general, todas las actividades que generen rentas de capital afectas a IVA: Estas deberán informar el rol de avalúo fiscal de la propiedad y presentar algunos de los siguientes documentos, según corresponda:

b.1) Para Inmuebles Propios: o Certificado de dominio vigente, el cual se debe solicitar en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente. o Certificado de Avalúo Fiscal en original, a nombre del contribuyente, este certificado se puede obtener directamente en el sitio web del SII. o Escritura original de compra y venta de inmueble. o Factura de Compra del inmueble, emitida por la empresa constructora. o Carta firmada por el representante legal de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica la venta de la propiedad.

b.2) Para Inmuebles arrendados: o Contrato de arriendo a nombre del contribuyente. (persona jurídica o persona natural que realizó el inicio actividades) o Al ser emisor de documentos tributarios electrónicos, el contrato deberá ser firmado ante notario. o En el caso de arriendo con opción de compra, como lo es el leasing, se debe presentar original del contrato.

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