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¿Al formalizar es obligatorio contratarnos y pagar cotizaciones previsionales (AFP y Salud)?

No es obligatorio, las y los emprendedores pueden obtener ingresos de sus emprendimientos solo con el hecho de ser las dueñas o dueños a través del retiro de las utilidades que produzca su negocio. Por otro lado, voluntariamente cada emprendedora o emprendedor podría realizar un contrato de trabajo a si mismo siempre y cuando la formalización la haya realizado a través de la figura de una persona jurídica y que trabaje realmente para la empresa, siendo esta la que contrata al dueño o dueña para ejercer alguna labor en el negocio y en este caso al pagar el sueldo se deberán realizar los descuentos de cotizaciones previsionales (AFP y Salud) correspondientes. Para las o los emprendedores que opten por emitir boletas de honorarios se les retiene parte o el total de su retención de 2da categoría como pago por la cotización para AFP y Salud.

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